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Después de varios meses en el limbo legislativo, hoy se ha publicado en el BOE la normativa que permite circular a más de 80 km/h a los conductores que llevan menos de un año con licencia para conducir, por lo que tendrán que seguir las normas genéricas de cada vía aunque tendrán que seguir llevando en la parte izquierda de la luna posterior del vehículo la placa con la L.
La medida por la cual los noveles tenían que conducir a 80 km/h data de 1974. En este año también se aprobó que durante el segundo año de conducción la velocidad máxima sería de 90 km/h, aunque esta cláusula se abolió en 1979.
La obligación a circular a 80 km/h pocas veces era respetada y era considerada peligrosa por la diferencia de velocidad entre los conductores noveles y el resto.