Actualmente, la propuesta de la Comisión Europea de modificar el Reglamento (UE) 2019/631 sobre emisiones de CO2 de turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos está siendo evaluada en la Eurocámara por la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (ENVI), cuyo ponente de la revisión legislativa, Massimiliano Salini (vicepresidente del Partido Popular Europea), ha publicado un borrador con enmiendas; además de por las Comisiones de Industria, Investigación y Energía (ITRE) y de Transportes y Turismo (TRAN), que han elaborado sendas opiniones, firmadas por Matej Tonin y Jens Gieseke.
En los tres documentos se contradice el calendario marcado por la Comisión, que pretendía medir los objetivos con medias de tres años (2025-2027 y 2030-2032), mientras que la propuesta parlamentaria introduce un nuevo esquema de flexibilización, dividiendo los periodos de cumplimiento en los bloques 2025-2027 y 2028-2032, para los turismos, y dos lapsos de un lustro para furgonetas: de 2025 a 2029 y de 2030 a 2034.
Del mismo modo, a pesar de que mantienen la meta intermedia para 2030 para automóviles y apoyan la rebaja al 90% para 2035 (en lugar del 100% de la normativa original), proponen modificar el de las flotas de nuevos vehículos comerciales ligeros, de forma que para 2030 se reduciría del 40% propuesto por la Comisión al 30% y para 2035 del 90% al 80% (en comparación con los niveles de 2021). Así, se «garantiza una vía de transición más realista y económicamente viable, alineada con las realidades del mercado y que salvaguarda la competitividad», ya que «las furgonetas se enfrentan a limitaciones específicas, como una alta tasa de utilización, las necesidades de carga útil y la sensibilidad a los costes, lo que exige un objetivo más realista».
Nueva categoría VEEF
Otro aspecto llamativo (y común) es que añaden la definición de «vehículos cero emisiones», considerando los que funcionan con combustibles renovables sostenibles (conforme a la Directiva de Energías Renovables, RED), para los que propone crear la categoría VEEF (propulsados exclusivamente por combustibles elegibles) para equiparar legalmente a los motores de combustión que usan carburantes renovables con los vehículos eléctricos a efectos del reglamento.
«Fortalece la base industrial europea, diversifica las soluciones de propulsión disponibles, apoya las cadenas de valor existentes y ofrece una vía rentable, especialmente para las pymes, al tiempo que protege el empleo y garantiza una transición pragmática hacia la neutralidad climática», justifican.
Del mismo modo, mientras la propuesta de Bruselas permitía usar créditos de combustibles renovables y de acero bajo en carbono para compensar el 10% de las emisiones solo a partir de 2035, las enmiendas exigen...
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