lunes, 12 de enero de 2026 - 5:04:42
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Economía aclara que las limitaciones a los créditos de los concesionarios no afectan a las operaciones habituales de financiación

La referencia aprobada por el Consejo de Ministros del Anteproyecto de Ley de contratos de crédito al consumo, que estará en consulta pública hasta el 30 de enero, incluye que «las empresas que vendan otros productos o servicios y quieran ofrecer financiación (concesionarios, grandes almacenes de muebles o electrodomésticos...) lo tendrán que hacer como préstamos sin intereses». Sin embargo, el Ministerio de Economía ha aclarado a esta publicación que se refiere a si es el propio distribuidor el que da el crédito y no si, como es habitual, el vendedor solo intermedia entre la entidad financiera y el cliente.

Crédito concesionarios
Concesionario de Renault

El último Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de Ley de contratos de crédito al consumo, que estará en consulta pública hasta el 30 de enero. En la referencia publicada en la web oficial de Moncloa, menciona que «las empresas que vendan otros productos o servicios y quieran ofrecer financiación (concesionarios, grandes almacenes de muebles o electrodomésticos...) lo tendrán que hacer como préstamos sin intereses».

Esta alusión a los distribuidores de vehículos ha generado revuelo en los puntos de venta, según han informado fuentes del sector a La Tribuna de Automoción. Sin embargo, esta publicación ha contactado con fuentes oficiales del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, que han aclarado que «esta cuestión trata de los comercios (concesionarios, por ejemplo) que actúen como prestamistas subsidiarios y aplacen los pagos».

En este caso, «no podrán aplicar ningún tipo de interés. En cambio, en cuanto entre una financiera, registrada y autorizada [...] actúa ya como efectivamente una financiera normal, aplicando el coste que sea».

Créditos solo de entidades financieras registradas y supervisadas por el Banco de España

Es cierto, que esa interpretación se podía deducir de párrafos anteriores en los que la referencia del Consejo de Ministros del 7 de enero señalaba que «otra de las novedades de la normativa es que solo podrán conceder préstamos al consumo las entidades financieras registradas y supervisadas por el Banco de España».

No obstante, se crean dos nuevas figuras como son los Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado (EFCAL) y los prestamistas de alto coste autorizados, diferentes a las entidades financieras ya registradas y que permitirían ofrecer financiación.

Además, en el texto completo del anteproyecto, al que se le aportarán iniciativas que surjan de la consulta pública, se señala que «ninguna persona física o jurídica podrá desarrollar con carácter profesional las actividades de concesión de créditos bajo el ámbito de aplicación de la ley, sin haber obtenido la preceptiva autorización y hallarse inscrita, en su caso, en los correspondientes registros administrativos».

Sin embargo, se aclara que sí se podrá hacer «siempre que el crédito se conceda sin intereses y ningún otro coste, y por los que el consumidor solo deba asumir unos gastos limitados adeudados por los pagos atrasados y exigidos». Asimismo, en el anteproyecto de ley no se incluye la mención a los concesionarios que sí hacía la referencia del Consejo de Ministros.

TAE máximo de los créditos en los concesionarios: el tipo medio más el 8%

Algo que sí podría afectar al sector de la nueva norma, que se está gestando pensando en microcréditos y préstamos rápidos en plataformas digitales, que en muchos casos, tienen cláusulas abusivas, es que el tipo de interés de los créditos estarán limitados.

En el caso de la compra de coches, se encontrarían en el tramo «importes superiores a 6.000 euros, con plazo de vencimiento inferior a 8 años», que tendría un tope en el TAE de la media del mercado más 8 puntos porcentuales, teniendo en cuenta el tipo medio del crédito al consumo en octubre de 2025, según afirma la referencia del Consejo de Ministros.

Los límites de los tipos de interés variarán trimestralmente

Estos límites, que resultan de sumar un margen al interés medio, se publicarán trimestralmente en el banco de España y de forma anticipada al trimestre de aplicación.

A la espera de ver cuál es ese ratio que fija el organismo regulador, no supondría un problema para un sector, el del crédito al consumo en la automoción, que está prestando dinero en el promedio, a pesar de que en muchos casos incluye el mantenimiento del coche durante los primeros años.

En cualquier caso, hasta la entrada en vigor del real decreto que fije estos tramos, el Anteproyecto de Ley establece un límite máximo transitorio, del 22%, aplicable a las nuevas operaciones formalizadas tras la llegada de la nueva normativa.

Además, en el anteproyecto de ley no detalla los límites del TAE y señala que «reglamentariamente se podrá establecer, mediante real decreto, los segmentos y márgenes aplicables a cada uno de ellos y el procedimiento de cálculo y actualización de los límites máximos de interés».

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