Son muchas las situaciones que pueden provocar que nos veamos obligados a dejar nuestro vehículo a un familiar o amigo cercano para cubrir un desplazamiento específico: una enfermedad, una lesión que nos impida circular o un imprevisto que no nos haya dejado margen de reacción. Sin embargo, antes de inclinarnos por esta opción, es importante que tengamos en cuenta las limitaciones de los seguros de coche. Ya que este tipo de decisiones puede provocar que nos encontremos ante la posibilidad de incurrir en un riesgo de sanción.
Como sabemos, la legislación española obliga a tener un carnet de conducir en vigor para poder conducir un coche. Además, también es imperativo contar con un seguro con el que cubrir, como mínimo, la responsabilidad civil del conductor. ¿Qué ocurre si cumplimos con la primera condición pero no con la segunda?
¿Es posible conducir un coche si mi nombre no está en el seguro?
En términos generales, es habitual encontrarnos con cierto desconocimiento en el momento de tomar la decisión de prestar nuestro vehículo a un tercero: ya sea un familiar o un amigo cercano. En algunos casos, damos por hecho que nuestra familia puede utilizar nuestro vehículo y quedar cubiertos en caso de accidente. No obstante, es conveniente conocer que este escenario no tiene por qué ser así. Puesto que existen muchos factores que van a inclinar la balanza hacia la legalidad o no de la decisión.
En la mayoría de los casos, los seguros no permiten que pueda conducir el automóvil una persona que no sea el conductor habitual, el tomador del propio seguro o el conductor ocasional. Sin embargo, existen excepciones. Determinadas aseguradores sí que ofrecen la cobertura de responsabilidad civil en el caso de que se cumplan determinados condicionantes. Entre ellos, aspectos tales como la edad mínima, situándose en 25 años, y la experiencia que se tenga al volante.
En el caso de que no se cumplan ambos elementos, es posible que exista el riesgo de que el seguro opte por no cubrir los gastos derivados del accidente. O, en el caso de llevar a cabo la cobertura, se realice aplicando lo que se conoce como la regla de la equidad. Es decir, reduciendo la cuantía a pagar de manera proporcional a la agravación del riesgo que ha supuesto que el coche lo conduzca una tercera persona.
El caso de los hijos
En el ámbito de los seguros de coches, los más jóvenes siempre tienen que afrontar una cuota mucho mayor a la de sus padres, fruto de su inexperiencia al volante. Ante esta situación, uno de los errores más habituales consiste en no asegurar a nuestro hijo confiando que, en caso de problemas, éste quedará cubierto. Sin embargo, esto no es así.
Tal y como ya hemos mencionado previamente, para que una persona que no aparece en el seguro tenga la opción de poder quedar cubierta se deben cumplir diferentes requisitos. Entre ellos, disponer de una experiencia mínima al volante. En el caso de un conductor que se haya sacado recientemente el carnet, como es habitual en la situación de los hijos, esta premisa no se cumple. Por lo que cualquier daño o accidente que se pueda producir no quedaría protegido de ningún modo.
En el momento en el que vayamos a firmar un seguro para nuestro vehículo, es necesario revisar previamente cuáles son las condiciones y particularidades con los que cuenta cada uno de ellos. Durante los últimos años, la existencia de comparadores especializados han facilitado de manera considerable este trámite, ofreciendo al usuario una perspectiva general sobre las condiciones de las principales compañías de nuestro país.