Los concesionarios de varias provincias de Castilla y León, así como de otra región que no ha trascendido, han sido investigados, desde septiembre, por inspectores de Hacienda por el pago del IVA de las promociones que se aplican a los clientes que financian la compra de su vehículo con la crediticia de marca, según ha podido saber La Tribuna de Automoción. Además, también están examinando si las deducciones aplicadas sobre el pago del IVA se hicieron de forma correcta en las concesiones.
Al parecer, algunas marcas, cuando se generalizaron las promofinance, no aplicaban el IVA sobre el descuento, al considerar que se trataba de una cuantía ligada a una operación financiera —la actividad crediticia, así como la de los seguros no está sujeta a este tipo de gravamen—. Sin embargo, varios jefes de inspección provincial han considerado que la promoción se aplica sobre la compra del vehículo, y no sobre el interés del crédito en sí, por lo que sí deber está sujeta a IVA.
Dentro del propio sector, ya había voces y expertos fiscales que ponían en tela de juicio esta práctica por estar en el límite de la legalidad, por lo que poco a poco la mayoría de las marcas —pero según advierte Faconauto no todas— han ido aplicando el pago del IVA. Es decir, descuentan la promofinance del precio final y no de la base imponible. El problema es que Hacienda está pidiendo las cuentas de los últimos cuatro años por lo que podría afectar a la mayor parte de la red.
La patronal de concesionarios Faconauto ha enviado un comunicado a las redes —al que ha tenido acceso La Tribuna de Automoción— para avisar de «las últimas inspecciones de la AEAT en las que reclaman al concesionario el IVA de los descuentos que la financiera ha concedido al cliente y que el concesionario aplica en la factura de venta» de éste.
En el correo electrónico, la asociación pide a los concesionarios que confirmen si en la red «se produce esta situación y, si es así, que informe al fabricante, «para que sus asesores fiscales estudien esta problemática y propongan medidas correctoras para evitar estas situaciones en el futuro».
La CNMC cree que «no restringe la competencia»
Fuentes de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), consultadas por este medio, han señalado que la iniciativa de obligar a tributar por las promofinance, «dificulta, pero no restringe» la competencia.
Además, aclaran que cuando se trata de una medida del Ministerio de Hacienda «persigue el interés general», por lo que si es «eficiente y proporcionada», la entidad supervisora no se puede posicionar en contra. No obstante, como en otros casos, el organismo invita a denunciar ante la CNMC cualquier aspecto que consideren que afecta a los consumidores.
El problema de la prorrata
En la misiva de la federación de concesionarios también se menciona que la AEAT está comprobando la aplicación por los distribuidores de la prorrata del IVA, que afecta al sector, porque trabaja con facturación con este impuesto y sin él. Por defecto, en la liquidación del tributo, a las empresas se les calcula la prorrata general —no es posible diferenciar los gastos de las áreas que no conllevan IVA de las que sí—, no obstante se puede solicitar la especial —hay que separar los gastos por áreas—, siempre que sea favorable.
Hasta la entrada masiva de las promofinance, las concesiones podían desgravarse en su totalidad el 100% de los gastos deducibles, porque los ingresos con IVA eran inferiores al 1% de la cifra de negocio. Pero, desde hace tiempo, la situación ha cambiado, porque muchas empresas superan ese límite —porque reciben mucho más dinero sin IVA por comisiones financieras— y ya no pueden descontarse la totalidad de los gastos. El problema radica en que Hacienda interpreta que las redes deben regirse solo por la general, que "es más perjudicial", según la nota de Faconauto. Esta publicación ha conocido un caso de un empresario que tendría que pagar al año 300.000 euros si se le aplica la general frente a 10.000 con la especial.
En el pasado ejercicio que finalizó el 30 de enero, algunos concesionarios se vieron obligados a declarar correctamente las deducciones, debido a que con la entrada en vigor del Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) —activo desde julio de 2017—, Hacienda dispone de todas las facturas de manera electrónica desde el primer momento.
Las inspecciones, paso a paso
Las investigaciones de Hacienda a las redes de concesionarios llevan meses abiertas, hasta el punto de que hay empresas que ya han recibido una propuesta de liquidación y sanción, que ha sido recurrida.
El proceso siempre comienza cuando un jefe de inspección provincial abre una orden de servicio definiendo el impuesto o los impuestos a analizar. A partir de ahí, se notifica a la compañía el inicio del procedimiento, generalmente, por carta. Según informa a esta publicación el secretario general del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo, en dicha comunicación se especifica el tributo que se va a analizar, los años que se revisarán —pueden remontarse hasta cuatro años— y si la comprobación es general o parcial. Es decir, en el segundo caso, podrían solo investigar el régimen de prorrata.
Una vez que la AET ha concluido el expediente se eleva un acta en la que se señala una propuesta de liquidación y sanción. Ante ello, la empresa puede mostrarse conforme o disconforme. De acuerdo a la nota interna de Faconauto, Hacienda, en el caso de la gestión impositiva de las promofinance, está "calculando el importe de los descuentos de las financieras de los últimos cuatro ejercicios aumentándolo en el 21% del IVA, con el interés de demora y la sanción correspondiente".
Si la concesión no está de acuerdo con la versión del inspector, puede recurrirla. Por un lado, puede presentar un recurso de reposición para modificar algún aspecto del expediente o uno ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional, dependiente de Hacienda. En caso de ser rechazado en esta instancia, se puede acudir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la provincia, una primera incursión en la justicia ordinaria que puede acabar en el Superior autonómico.
Las sanciones se aplican sobre la cuota diferencial —diferencia entre lo tributado y lo que debería haberse tributado—. Éstas pueden ser leves, graves y muy graves y pueden oscilar entre un 50% y un 150% del dinero defraudado.
Lea la información completa en La Tribuna de Automoción nº 524, que se ha publicado hoy
Ignacio Anasagasti / Pablo M. Ballesteros / Madrid