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Decomiso de vehículos para conductores que infrinjan la ley

Santiago López / Madrid

A ráiz de la nueva reforma del código penal, los agentes de la ley podrán decomisar el vehículo a aquellos conductores que excedan la velocidad límite, sobrepasen la tasa de alcohol en sangre, o manejen sin el carné de conducir.

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Santiago López / Madrid

A ráiz de la nueva reforma del código penal, los agentes de la ley podrán decomisar el vehículo a aquellos conductores que excedan la velocidad límite, sobrepasen la tasa de alcohol en sangre, o manejen sin el carné de conducir.   

Quedando así igualadas, las penas primeras con esta última, puesto que aquellos que conduzcan sin permiso no se distingiurán de los que lo hacen bajo el efecto de bebidas alcohólicas o de los que exceden el límite de velocidad.

La AEA (Automovilistas Europeos Asociados), ha declarado su disconformidad con la reforma, ya que consideran la sanción como desproporcionada, teniendo en cuenta que antes, dicha medida, sólo se adoptaba en contra de conductores Kamikaze.

Medidas muy estrictas

Desde el día 23 de diciembre la reforma ha entrado en vigor y la autoridad tendrá la potestad de apartar a los conductores de sus vehículos el tiempo que se estime oportuno. Además la asociación ha valorado de forma positiva la obligatoriedad, a la que se someterá a los conductores, de hacer las pruebas de drogas a través de los test de saliva, pudiendo, en caso de que la persona involucrada se niegue, ser castigada con una pena de prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir vehículos a motor de un año y un día hasta cuatro años

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