Laura Menéndez/ Madrid
PSOE, PP y Ciudadanos se muestran a favor de incluir en el Código Penal las lesiones como consecuencia de una imprudencia al volante, unos hechos que fueron despenalizados en 2015 tras la reforma que realizó el Gobierno de Mariano Rajoy y que provocó el descontento de las asociaciones de víctimas al ver que los accidentes de tráfico se tramitaban únicamente por la vía civil.
Ayer, se aprobó en la Comisión de Justicia el texto de Proposición de Ley Orgánica, presentado por el Partido Popular el 22 de junio del año pasado, con 29 diputados a favor y ocho en contra —entre los que se encontraba Podemos—. Esta votación llega con una semana de retraso tras el aplazamiento que solicitó el Grupo Socialista, que mostraba una postura reticente en alguno de los puntos, segun las asociaciones de víctimas, «por presiones del Gobierno», pero que finalmente ha votado favorablemente.
Al comenzar la comisión, el PSOE presentó una enmienda 'in voce' —que ha contado con el apoyo de todos los grupos menos Podemos y ERC— mediante la cual proponía incluir como imprudencia menos grave en el Código Penal aquéllas que causen lesiones que menoscaben la integridad corporal o la salud física o mental de la víctima y que sean sancionadas con entre tres y doce meses de prisión. En el primer borrador presentado por los grupos se incluían en estas imprudencias los casos en los que las lesiones incapacitasen de por vida, dejando fuera al 90% de las víctimas de accidentes.
Los tres ejes en los que se basa
La reforma, que quedará aprobado tras pasar por el Pleno del Congreso de mañana jueves 22 de noviembre —posteriormente será validada en el Senado—, incluye tres ejes principales: el primero es la introducción de tres supuestos que siempre se van a considerar imprudencias graves por disposición de ley, es decir, la conducción que atenta sobre la integridad de las personas cuando se realiza bajo los efectos del alcohol, drogas o por exceso de velocidad.
El segundo es el aumento de la punición de este tipo de conductas ya que hasta ahora era el juez quien valoraba si la imprudencia había sido grave. A partir de los cambios legislativos, no habrá margen de interpretación y se considerará imprudencia grave en cualesquiera de estos tres supuestos endureciendo la pena de prisión de cuatro a seis años. Por último, y tras reiteradas peticiones de las asociaciones de víctimas, se introduce como delito el abandono del lugar del accidente. Una medida muy esperada especialmente por el colectivo ciclista después de que el pasado año se registrase un total de 1.028 fugados en nuestro país, según Ciudadanos.