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El Congreso reformará la Ley de Tráfico

Todos los grupos parlamentarios del Congreso han avalado la tramitación de una reforma de la Ley de Tráfico, circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, para evitar trámites a los conductores que hayan comprado un vehículo mediante un crédito y que deseen venderlo a un nuevo comprador.

Todos los grupos parlamentarios del Congreso han avalado la tramitación de una reforma de la Ley de Tráfico, circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, para evitar trámites a los conductores que hayan comprado un vehículo mediante un crédito y que deseen venderlo a un nuevo comprador.

Se trata de una proposición de ley presentada ante el Congreso por el socialista Carlos Corcuera, quien ha destacado que el objetivo de esta reforma es “evitar a los ciudadanos trámites innecesarios y pérdida de tiempo y dinero”.

En esta línea, ha detallado que la situación común se da cuando un ciudadano compra un vehículo con el dinero que le presta una entidad financiera. Para garantizar este pago, las entidades anotan sobre el Registro de Vehículos, que gestiona la Dirección General de Tráfico (DGT), a través del Registro Mercantil, una limitación de disposición sobre ese vehículo, como una reserva de dominio, una hipoteca mobiliaria, un leasing, entre otras anotaciones, y que impide que el coche se venda en tanto no se abonen todas las cuotas.

“La disfunción se plantea cuando terminado de pagar el crédito la entidad financiera no acude al Registro Mercantil a cancelar la anotación y, por tanto, tampoco se hace en el registro de la DGT. De este modo, el vehículo sigue circulando pero con la carga anotada, aunque el crédito esté ya cancelado”, ha esgrimido.

Problemas en el cambio de titularidad

Es más, destaca que el problema surge cuando se deciden tiempo después a vender ese vehículo y se va realizar la transferencia en Tráfico. “El vendedor se encuentra que la anotación de la financiera sigue ahí. El vehículo ya se ha entregado al nuevo comprador pero no es posible inscribirlo a nombre suyo en Tráfico hasta que no se levante dicha carga”, indica.

Para ello, ha argumentado que el vendedor tiene que “peregrinar a por la carta de cancelación” hasta la entidad financiera, que en algunas casos ni tan siquiera existe, después al Registro Mercantil para cancelar la carga y, posteriormente, de nuevo a la Jefatura de Tráfico. “Ello supone entre dos y tres meses de trámites, además de pérdida de dinero”, ha apostillado.

Igualmente, señala que, si bien el coche circula ya conducido por el nuevo comprador, todas las multas de estacionamiento o radares siguen llegando al vendedor, antiguo propietario del coche, con las consecuencias que ello supone, como multas o pérdida de puntos.

Así, ha apuntado que el 70 por ciento de los vehículos se adquieren financiados, y que los ciudadanos se gastan unos dos millones de euros en costes de desplazamiento para eliminar estos problemas.

Plazo no superior a 60 días

Para evitarlo, aprecia que sería “deseable” que una vez finalizado el pago de la deuda que motivó la inscripción de la carga, sea la propia financiera la que, de oficio, inste al Registro Mercantil a llevar a cabo la cancelación de dicha carga.

Por tanto, esta iniciativa propone en sí que las entidades de crédito que hayan solicitado la inscripción de limitaciones de disposición en contratos de venta a plazos de vehículos, o de préstamos destinados a facilitar su adquisición, deberán solicitar su cancelación de oficio en el Registro correspondiente en un plazo no superior a 60 días, desde que se haya producido el completo pago de lo debido por todos los conceptos.

Además, la reforma determina que la misma obligación corresponderá al arrendador financiero, cuando el arrendatario hubiese satisfecho todas las cuotas y ejercido la opción de compra. “Esta obligación será exigible en relación con los contratos celebrados a partir de la entrada en vigor de esta norma”, reza el texto de proposición de ley.

“Modificación aceptable”

El portavoz en la materia de ERC, Frances Canet, ha considerado de “sentido común” y aceptable adoptar esta reforma en la Ley de Tráfico, para evitar la burocracia en este tipo de procesos.

Por su parte, Emilio Olabarria, del PNV, cree que es “pertinente” esta modificación de la normativa de Tráfico, apoya por tanto la iniciativa, si bien ha resaltado que no es necesario recurrir al debate de una proposición de ley en el Pleno del Congreso para cambiarla, ni a “la prosopopeya del portavoz que lo ha defendido”.

El nacionalista catalán, Jordi Jané, ha votado a favor de tomar en consideración la propuesta, aunque ha indicado que es necesario realizar una “ITV” de la Ley de Tráfico, por el “constante parcheo” que se le está realizando.

Finalmente, Federico Souvirón, portavoz ‘popular’ de la materia, aprueba la reforma de la Ley de Tráfico porque considera que agilizará los trámites en el cambio de titularidad de los vehículos. No obstante, ha recalcado que en las enmiendas posteriores el PP “intentará perfilar” el texto. “Esta legislación no se puede convertir en un bosque donde los operadores no sepan donde está cada una de las normas”, ha concluido. EP

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