Poco después del fin del estado de alarma —9 de mayo— llegó un nuevo cambio en la movilidad de las ciudades. Entró en vigor el Real Decreto-ley 970/2020, de 10 de noviembre, por el que se modificaba el Reglamento General de Circulación (aprobado por RD 1428/2003, de 21 de noviembre) y el Reglamento General de Vehículos (aprobado por RD 2822/1998, de 23 de diciembre) con el que se reducía la velocidad máxima en los municipios. Esta bajaba de 50 km/h a 30 km/h en las calles con un carril por sentido, aunque se permite mantener los 50 km/h de punta en las que presenten más de uno, mientras que se restringe a 20 km/h las que no ofrezcan una separación de altura entre la acera y la calzada.
Esta disminución de los límites pretende...
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