Las prácticas comerciales desleales entre fabricantes-proveedores y concesionarios llegan a Europa. La Comisión publicó a comienzos de 2013 un Libro Verde analizando las relaciones comerciales en la cadena de suministro alimentario y no alimentario entre empresas en Europa, un documento en el que sector de automoción ha acaparado gran parte del protagonismo.
Tras su publicación, se abrió un periodo de consulta pública, hasta el 30 de abril, para que las partes implicadas respondieran a una serie de preguntas. Del total de respuestas, un 17% fueron de distribuidores de automoción, lo que llevó a Bruselas a dedicar un anexo especial al sector en el informe que recopilaba todas las opiniones.
Los concesionarios advirtieron a la Comisión de que su afirmación en el Libro Verde sobre «la preferencia en el sector de automoción por la autorregulación como medio para abordar las prácticas comerciales desleales no es correcta». Como prueba de ello, destacaron que «los representantes de los distribuidores intentaron negociar con los fabricantes un código deontológico significativo», pero no quisieron participar en dichas negociaciones.
Además, explicaron que el código de la ACEA (Asociación Europea de Constructores de Automóviles), «a veces referido por los fabricantes como el código de prácticas de la industria», no es válido porque «no es producto de discusión ni de acuerdos».
Combatir las prácticas desleales
Bruselas, en el Libro Verde indica que «las medidas [nacionales] destinadas a combatir las prácticas comerciales desleales no siempre resultan eficaces», y que «por el momento no existe un marco reglamentario específico de la UE». Asimismo, recalca que hay diferencias entre los Estados miembros, ya que hay unos que adoptan legislación específica y otros que optan por códigos de conducta. Entre estos últimos (punto 34), menciona a España con su Comité de Diálogo.
Estas conclusiones podrían ser abordadas durante la próxima legislatura europea una vez se forme el nuevo Gobierno comunitario tras las elecciones parlamentarias del 25 de mayo. En el caso de que Bruselas decida desarrollar esta normativa, se encontrará situaciones como «modificaciones unilaterales post-contrato como los cambios de los objetivos de venta de vehículos y piezas, cambios del precio de venta de vehículos ya vendidos, cambios de la gama de los modelos, así como decisiones unilaterales sobre los estándares de calidad determinados por el fabricante», según consta en el anexo.
Carlos Olmo/ Madrid