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Competencia abre expedientes sancionadores a las petroleras por posibles pactos de precios

Latribunadeautomoción.es / Madrid

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC), después de iniciar una investigación en mayo por posibles prácticas restrictivas de la competencia en el sector de la distribución de combustibles de automoción, ha decidido la incoación de dos expedientes sancionadores a operadores de productos petrolíferos tras haber observado “indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas”, en materia de precios.

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Surtidor de combustible

Latribunadeautomoción.es / Madrid

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC), después de iniciar una investigación en mayo por posibles prácticas restrictivas de la competencia en el sector de la distribución de combustibles de automoción, ha decidido la incoación de dos expedientes sancionadores a operadores de productos petrolíferos tras haber observado “indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas”, en materia de precios.

El primer expediente, contra Repsol, Cepsa, Disa, Meroil y Galp, se refiere “a posibles conductas bilaterales anticompetitivas, que consistirían en la coordinación entre operadores de productos petrolíferos en materia de precios, clientes y condiciones comerciales, y en el intercambio de información comercial sensible, en los mercados de distribución de combustible de automoción”.

El segundo, contra Repsol, Cepsa y BP, es por “posibles conductas anticompetitivas, que consistirían en la coordinación en materia de precios entre cada uno de los citados operadores y empresarios independientes que operan en sus respectivas redes de distribución”.

Inspecciones en las sedes

Antes de abrir los expedientes, Competencia ha realizado inspecciones en las sedes de Repsol, Disa, Meroil y la Asociación Española de Productos Petrolíferos (AOP), el 27 y 28 de mayo, y en las sedes de BP y Cepsa, del 22 al 24 de julio.

La incoación de los expedientes “no prejuzga el resultado final de la investigación”, señala la CNC, que añade que ahora se “abre un periodo máximo de 18 meses para la instrucción de ambos expedientes y para su resolución”.

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